SESIONES
SESIONES ORDINARIAS
Sesiones en las cuales el Concejo se reúne, por derecho propio, durante los períodos legales u ordinarios.
SESIONES EXTRAORDINARIAS
Estas sesiones son potestativas del alcalde municipal y las convocará solamente al final de cada periodo de sesiones ordinarias, cuando el mandatario lo estime conveniente, y podrá convocar a un máximo de treinta (30) sesiones durante el año.